Policiales

La Justicia condenó a cuatro personas que estaban formalizadas, por rapiña en San José y posesión de drogas en CDP

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El pasado martes 29 de agosto se realizó en la Sede Judicial de 5to. Turno de San José, la audiencia referente al copamiento ocurrido en la capital Departamental el 4 de julio en perjuicio de una Gestoría ubicada en la zona céntrica de la capital departamental, por la que fueron detenidos dos sujetos y formalizados con 90 días de prisión preventiva.

Finalizada la instancia se dispuso la condena de Santiago Maximiliano Ponce Travieso de 29 años, como “autor penalmente responsable de un delito de copamiento, un delito de porte de arma por reincidente, tres delitos de rapiña especialmente agravadas, un delito de autoevasión, un delito de hurto especialmente agravado y tres delitos de circulación de moneda falsificada, todos en régimen de reiteración real, a la pena de 11 años y nueve meses de penitenciaria”.

También se condenó a F.E.B.A., de 18 años, como “autor penalmente responsable de un delito de copamiento, un delito de resistencia al arresto agravado por atentar contra la autoridad pública en régimen de reiteración real, a la pena de 10 años y ocho meses de penitenciaria”. El imputado menor de edad continúa con las medidas dispuestas en su momento.

 

SUMINISTRO | Por otra parte, respecto a la pareja que fuera detenida y formalizada por tráfico de drogas a principios del mes de junio, el miércoles 30 de agosto se realizó audiencia en el Juzgado Letrado de Libertad de 3er. Turno y en ella se condenó a Cristian Leandro Francia Navarro de 26 años, “como autor penalmente responsable de un delito previsto en el Artículo 34 del Decreto Ley 14294, en la modalidad de suministro de sustancias estupefacientes a título oneroso, a la pena de dos años y 10 meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo, con descuento de la preventiva cumplida”.

Además se condenó a V.D.R.L., de 31 años, como “autora penalmente responsable de un delito de encubrimiento, a la pena de 10 meses de prisión, con descuento de la medida cautelar cumplida al día de la fecha y la restante que podrá sustituirse íntegramente por un régimen de libertad a prueba, debiendo cumplir varias obligaciones”.

 

ARMADO | También en Ciudad del Plata, en calles Río Negro y Montevideo de Ciudad del Plata, en la tarde del 31 de agosto, una dotación de la Guardia Republicana detuvo a un hombre que al advertir la presencia de los efectivos ingresó a un predio con viviendas, arrojó un arma de fuego en el fondo de una de las viviendas e ingresó a otra finca.

Con la autorización de los propietarios fue detenido el implicado y se incautó el arma de fuego tipo revólver calibre 38 con la numeración adulterada. El detenido fue trasladado al Área de Investigaciones de Zona II, donde quedó a disposición de la Fiscalía Letrada de 2do Turno de Libertad y Policía Científica realizó el relevamiento correspondiente.

Se realizaron las audiencias respectivas en la Sede de Fiscalía de 2do Turno y en el Juzgado Letrado de Libertad de 1er. Turno, donde se resolvió la condena de Elías Santiago Cordero Rodríguez de 22 años, poseedor de antecedentes penales, “como autor penalmente responsable de un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones, un delito de porte y tenencia de arma de fuego en lugares públicos y un delito de porte de arma por reincidente, todos ellos en régimen de reiteración real entre sí, a la pena de ocho meses de prisión, de cumplimiento efectivo”.

 

RIÑA | Varios móviles policiales concurrieron en la tarde del 31 de agosto a las inmediaciones del liceo de Delta El Tigre y tras disuadir a un numeroso grupo de jóvenes que se agredían entre sí arrojándose piedras de gran tamaño, como así también a los efectivos y a los móviles, detuvieron a ocho varones, entre ellos cuatro menores de edad, siendo conducidos a la Comisaría 11ra.

Puestos ante la Justicia y mediante proceso abreviado, se condenó a M.S.A.T., de 19 años y E.J.G.G., de 18 años, “como autores penalmente responsables de un delito de riña, a la pena de tres meses de prisión que podrá cumplirse en régimen de libertad a prueba atento a sus condiciones de primarios, asumiendo obligaciones”. También se dispuso la condena de I.C.R., de 25 años, “como autor penalmente responsable de un delito de violencia privada agravada y un delito de riña, en régimen de reiteración real, a la pena de cuatro meses de prisión, que podrá cumplirse en régimen de libertad a prueba atento a su condición de primario, asumiendo obligaciones».

En sede judicial de Libertad de 1er. Turno, se dispuso la condena de J.D.G.F., de 16 años, E.S.F.B., de 16 años y E.S.S., de 17 años, “como autores responsables de una infracción grave a la Ley Penal, tipificada en el Código Penal como delito de riña, a la pena de tres meses de medida socioeducativa, en régimen de Libertad a Prueba atento a sus condiciones de primarios, con condiciones”.

Por L.S.

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