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Este lunes entra a la Junta notificación de DINAMA sobre viabilidad de la planta incineradora de residuos industriales

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Este lunes 22 de febrero, ingresa la notificación del Ministerio de Vivienda sobre la viabilidad del impacto ambiental del proyecto de construcción de una planta de incineración de residuos industriales en un predio ubicado en el kilómetro 57 de ruta 1 (padrón 3622), que es cuestionada por productores rurales de la zona y también por el Eco-Grupo Valdez, que ha encontrado en la bancada del Frente Amplio el respaldo a su postura, aunque también la intendenta Ana Bentaberri expresó su oposición a que se instale en el departamento una empresa de estas características.

La notificación sobre la aprobación de la evaluación está dirigida a la Intendencia y la Junta Departamental de San José, al Municipio de Libertad, a los ministerios de Industria, Energía y Minería y de Salud Pública, a la Comisión de Patrimonio de la Nación y a la Dirección Nacional de Bomberos. Está fechada el 20 de diciembre de 2020 e ingresa ahora en la Junta.

El documento, cuyo destino es la Comisión de Higiene, Salud y Medio Ambiente, indica que el proyecto de la firma UCO SOGAKRO S.A., ha sido clasificado en la categoría “B”, de acuerdo al literal B del artículo 5 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental (Decreto 349/05), que establece que el proyecto “puede tener impactos ambientales significativos moderados, cuyos efectos negativo pueden ser eliminados o minimizados” (la categoría “A” se refiere a proyectos “cuya ejecución sólo presentaría impactos ambientales negativos no significativos”, mientras que la categoría “C” se refiere a proyectos “cuya ejecución pueda producir impactos ambientales negativos significativos”).

 

EXIGENCIAS | El documento que ingresa a la Junta Departamental, agrega que en función de esta categorización se le pidió a la empresa presentar la Solicitud de Autorización Ambiental Previa, según lo establecido en el artículo 9 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental (debe contener como mínimo los documentos del proyecto y el Estudio de Impacto Ambiental y presentarse impresa y en formato digital en tres documentos separados).

Ese Estudio de Impacto Ambiental deberá analizar la relación entre el proyecto y el medio ambiente estudiando con especial atención la “evaluación del grado de ajuste del proyecto a las mejores prácticas y tecnologías disponibles, para cada una de las etapas del proceso, de acuerdo a referencias existentes para la actividad de incineración de residuos”.

También “la evaluación de las emisiones al aire respecto al cumplimiento de la propuesta del Grupo Gesta Aire para fuentes fijas Grupo Gesta” (que tiene por objetivo definir y establecer objetivos de calidad del aire ambiente para evitar, prevenir o reducir los efectos nocivos para la salud humana y el medio ambiente en su conjunto).

También exige que se analice “la afectación de la calidad del aire mediante la modelación de la dispersión de los contaminantes emitidos, considerando la línea de base, evaluando el cumplimiento de los estándares de calidad de aire del Gesta Aire actualizado a 2015”, además de una “evaluación de las emisiones sonoras mediante el análisis del nivel de ruido de fondo resultante en los receptores del entorno, considerando la línea de base existente, tomando como referencia la Guía para prevenir la contaminación acústica elaborada por DINAMA”.

Lo último que le solicitan a la firma es el “análisis de percepción social de los actores directamente afectados, incluyendo la potencial afectación de las actividades de la zona” y “un Plan de Gestión de Residuos Sólidos, de acuerdo al decreto 182/13”.

El documento culmina diciendo que “teniendo en cuenta las características del proyecto, se declara su Viabilidad de acuerdo al artículo 22 del decreto 349”, que establece que “el certificado de clasificación ambiental correspondiente a los proyectos comprendidos en este capítulo, incluirá un declaración sobre la viabilidad ambiental, a juicio de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, de una o más de las localizaciones propuestas, así como los criterios generales de evaluación a utilizar en el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental. La inviabilidad de una o más de las localizaciones propuestas, impedirá la presentación de la Solicitud de Autorización Ambiental Previa del proyecto localizado en las mismas”.

 

REUNIONES | Culmina el documento diciendo que “se deja constancia que en la evaluación del estudio de impacto ambiental que deberán presentar pueden surgir elementos en cuanto a la profundización de información de algunos aspectos relevantes que podrían resultar limitantes para autorizar el proyecto”.

En función de ser enterados por La Semana de la llegada de esta documentación, el Eco-Grupo Valdez, anunció que ya desde este lunes comenzarán a solicitar entrevistas a todos los actores involucrados, entre los cuales se incluye a la intendenta Bentaberri, al Ministro de Medio Ambiente Adrián Peña y también a la propia empresa Uco Sogakro S.A..

El movimiento opositor a la instalación de esta planta incineradora comenzó a mediados del año pasado cuando en este mismo medio se publicó un Edicto de DINAMA referido a la viabilidad ambiental del proyecto. Tuvo el respaldo de la propia intendenta Bentaberri y de buena parte del sistema político, pero desde el Ministerio de Medio Ambiente en su momento se dijo que el proyecto seguía y la documentación que llegó ahora lo confirma.

Por Javier Perdomo.

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