Sociedad

Elecciones en el BPS: todo lo que hay que saber a la hora de ir a votar

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El próximo domingo 28 de noviembre, se realiza la segunda elección más importante del país, luego de las elecciones nacionales. Se trata de la instancia en la que se elige a los tres representantes sociales en el Directorio del Banco de Previsión Social (BPS), que integran también cuatro directores designados por el gobierno de turno.

Como hasta ahora la información sobre esta instancia electoral, ha sido escasa teniendo en cuenta la trascendencia que tiene, les presentamos un breve informe con información general sobre lo que ocurrirá el 28 de noviembre.

JUBILADOS | En este orden, se elige un representante para integrar el Directorio del BPS en representación de los afiliados Jubilados y Pensionistas. Son electores las personas mayores de 18 años de edad al 28 de febrero de 2021 que hubieran sido declaradas jubiladas; los pensionistas por sobrevivencia y los pensionistas a la vejez o por invalidez por resolución del Directorio del BPS anterior a dicha fecha y que no hayan sido declarados incapaces por juez competente, conforme a la normativa aplicable (artículos 6º literal “B”, 7º y 8º de la ley N° 16.241).

El voto es único. Quien reúna la calidad de jubilado y pensionista o perciba más de una jubilación o pensión, sólo tendrá derecho a un voto. Cada uno de los copartícipes de una pensión, siempre que reúna los requisitos establecidos en el artículo 1°, tendrá derecho a un voto.

ACTIVOS | Se elige un representante para integrar el Directorio del Bps en representación de los afiliados Activos. Son electores los trabajadores dependientes públicos y privados, así como los trabajadores a domicilio o talleristas que se hayan registrado como tales en el BPS al 28 de febrero de 2021, siempre que tengan 18 años de edad cumplidos a la indicada fecha y no hayan sido declarados incapaces por juez competente, conforme a la normativa aplicable.(Artículo 8, de la ley N° 16.241).

El trabajador que se haya acogido a algún subsidio por inactividad compensada mantendrá la condición de afiliado activo, salvo que se hubiere producido la ruptura de la relación de trabajo. También mantendrá esa condición la persona que se encuentre gozando los beneficios de la prejubilación o anticipos de pasividades hasta que sea declarada pasiva (artículo 6, literal “A” de la ley N° 16.241). El voto es único. El trabajador que tenga pluralidad de afiliaciones al BPS, tendrá derecho a un voto.

EMPRESAS | Se elige un representante para integrar el BPS en representación de las empresas contribuyentes. Son electores las empresas no estatales contribuyentes, inscriptas como tales en el BPS, que estén al día al 28 de febrero de 2021 en el pago de sus obligaciones y en el de las facilidades concedidas, cuyos electores tengan 18 años de edad cumplidos a la indicada fecha (artículos 6° literal C), 7º y 8° de la ley N° 16.241).

El voto es único. Todas las empresas contribuyentes, cualquiera sea su naturaleza o forma de constitución, tendrán, al igual que las unipersonales, un solo voto y un solo representante por elector (artículo 12º de la ley Nº 16241).

El voto será secreto y obligatorio. Las personas jurídicas y empresas pluripersonales deberán hacerse representar por un apoderado con facultades expresas para el acto del voto. El poder correspondiente deberá estar suscrito por las personas estatutaria o contractualmente habilitadas para actuar o, en su defecto, por la totalidad de los componentes de la empresa. El poder extendido tendrá validez para todos los actos eleccionarios del BPS, hasta su efectiva revocación.

CANDIDATOS | Cuando los pasivos ingresen al cuarto oscuro tendrán a su disposición tres listas. Se trata de la Lista 1, de la Organización Nacional de Jubilados y Pensionistas del Uruguay (ONAJPU), que encabeza Sixto Amaro (quien va por la reelección), y la lista 2 que es encabezada por el dirigente de la Unidad Popular Héctor Morales. Virginia Vaz representa al movimiento “Un Solo Uruguay”, aunque en la página del BPS su lista no aparece como registrada.

Por su parte los electores del área de trabajadores activos también tendrán dos listas a su disposición. La Lista 11 es la oficialista y la encabeza el actual director Ramón Ruíz, en tanto que la 16 la encabeza Luis Humberto Lisboa Ferreira. Lisboa es considerado el candidato del movimiento “Un Solo Uruguay”.

En el orden de los empresarios, la Lista 22 es encabezada por Marcelo Ríos (con apoyo de las principales cámaras de comercio y empresariales del país), mientras que la Lista 26 la encabeza José Andrés Pereyra de Brun, quien también responde al movimiento “Un Solo Uruguay”.

MULTAS | Para los jubilados y pensionistas menores de 75 años que no voten, la multa será igual a la de no haber votado en las últimas elecciones nacionales. Según la Corte Electoral, las multas por no haber sufragado en las nacionales fueron de 1200 o 2400 pesos si el ciudadano revestía la calidad de funcionario público o era profesional universitario.

En el caso de los trabajadores se le aplicará una multa igual a la de no haber votado en las últimas elecciones nacionales y en caso de no pagarla, su empleador será responsable solidariamente. A las empresas que no designen un mandatario o habiéndolo designado, no concurran a votar, se les aplicará “una sanción de 6, 12 o 20 UR, según la cantidad de trabajadores dependientes, sin importar su naturaleza jurídica”.

 

Por Javier Perdomo.

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