El estado sanitario de los centros penitenciarios sigue siendo atentamente controlado por el aparato estatal e institucional. El comisionado Parlamentario Juan Miguel Petit se reunió el jueves con la vicepresidenta Beatriz Argimón para entregarle un informe especial que finaliza recomendando la prisión domiciliaria para las personas con riesgos o vulnerabilidades.
El 17 de marzo Petit se había dirigido por nota al ministro del Interior Jorge Larrañaga, al director del INR Luis Mendoza y a la Directora de SAI-PPL (Sistema de Atención Integral de las Personas Privadas de Libertad), de ASSE, en la que realiza 20 recomendaciones específicas vinculadas con la seguridad sanitaria de las cárceles.
Asimismo en la tarde del viernes la Institución Nacional de Derechos Humanos emitió una declaración exhortando también a adoptar medidas urgentes para personas privadas de libertad con mayor riesgo sanitario.
La Semana intentó el viernes comunicarse con el Comisionado Parlamentario pero no fue posible, sabemos que son horas de gran tensión y el estado de alerta es máximo para tratar de mantener sin casos positivos a las casi 12000 personas privadas de libertad.
Según comunicó el colectivo “Nada crece a la sombra” sobre las 20 horas del pasado viernes y en base a “información oficial proporcionada por el Ministerio del Interior, al cierre de hoy 17/4, en cárceles hay: 18 personas en cuarentena preventiva. Se espera el resultado de siete hisopados. Hasta el momento los resultados de los anteriores hisopados son negativos de Covid-19”.
COMISIONADO | Por nota del 17 de marzo Juan Miguel Petit realizó 20 recomendaciones específicas al Ministro del Interior, al INR y al SAI-PPL de ASSE, en ellas el Comisionado Parlamentario Penitenciario propone la distribución de “ingentes cantidades de insumos de higiene para atender las zonas del sistema carcelario con carencias en ese rubro, tanto en espacios comunes, espacios abiertos como en planchadas (jabón, hipoclorito, escobas y material de limpieza)”.
Petit recomienda organizar internos en brigadas de limpieza y salud “a partir de los internos referentes, delegados o voluntarios con aplicación del sistema de redención de pena”.
También recomienda reforzar consistentemente los insumos para alimentación “de manera que sea visible y clara la mejora” tanto para internos como para el personal y pone énfasis en la inclusión de “verduras frescas, proteínas y frutas, en particular con vitamina C”.
Además se sugiere la habilitación de un call center 0800 en INR para canalizar dudas y pedidos de información de las familias, así como la implementación de nuevos locutorios para “facilitar la comunicación de los internos con sus familias, allegados y mundo exterior”.
Asimismo Petit recomienda establecer con “empresas privadas u organismos del Estado la conformación de servicios de bus que permitan a los funcionarios llegar, en especial a los grandes penales metropolitanos, de manera de descongestionar el uso del transporte público, estableciendo a esos efectos líneas de funcionarios con no más de 20 pasajeros”.
Otros aspectos recomendados por Petit fueron la coordinación entre INR y SAI-PPL de ASSE y Sanidad Policial para dar respuestas de salud con las acciones penitenciarias y estandarizar todas las acciones a implementar, fortaleciendo acciones desde la sub dirección nacional Técnica del INR ante situaciones que puedan emerger durante el contexto de emergencia.
INFORME | En tanto el pasado jueves Petit se reunió con la vicepresidenta Beatriz Argimón para entregarle un Informe Especial al Parlamento sobre el sistema carcelario ante el COVID-19.
El Comisionado se refiere en su informe a que las “instituciones totales” “por sus características intrínsecas tienen riesgo de ser un ámbito de circulación veloz de cualquier enfermedad contagiosa, dada la proximidad entre las personas y el uso común de instalaciones, objetos y espacios”.
El informe indica que la “preexistente vulnerabilidad social (de las poblaciones en situación de encierro), requiere apoyos extraordinarios para enfrentar la inesperada situación en igualdad de condiciones que la población general”.
Continúa diciendo el Comisionado en su informe que “la internación en una cárcel por decisión judicial, más allá del hecho penal que la determina, suele ser el estadío final de una larga secuela de carencias, lo que se expresa en una alta prevalencia de presos con problemas de salud de larga data, crónicos, con poca o nula atención o seguimiento previo, y con una incidencia mayor y más temprana de diversas enfermedades que la que tiene el promedio de la población general”.
El informe agrega que existen “graves carencias de una parte significativa del sistema carcelario nacional, donde en aproximadamente un tercio del mismo (26%) las condiciones de vida son totalmente inadecuadas (constituyendo trato cruel, inhumano o degradante)”, y señala que a pesar de los avances que significó la reforma penitenciaria de 2010, no hay allí “las posibilidades de acceder con regularidad y simplicidad a los elementos necesarios para evitar la propagación del virus: agua abundante, higiene ambiental, higiene personal, artículos de uso personal, ventilación, salud integral, actividad física al aire libre, cultura, alfabetización, buena convivencia”.
Además señala el Comisionado que “según nuestra evaluación, un 47% de internos no vive en condiciones tan críticas pero tienen insuficientes condiciones para la integración social, y existe también un 27% de internos en lugares donde acceden razonablemente a oportunidades de integración social”.
Según el informe Uruguay cuenta “con una de las tasas de prisionización más alta de América Latina, 332 presos cada 100.000 habitantes” y se agrega que por ello se impone una “particular atención en la emergencia”.
Considerando los internos, los funcionarios que los asisten o cuidan y sus familiares o allegados directos, hay no menos de 100.000 personas en el país directamente vinculadas diariamente al ámbito carcelario.
El funcionario estableció en su informe al Parlamento que ante la amenaza del COVID-19 existen a su juicio tres grupos especialmente vulnerables en riesgo sanitario: el primero sería de “Dimensión Personal, personas con serias enfermedades preexistentes (cardiopatías, EPOC, HIV, inmunodeprimidos) o vulnerabilidad sociopenal (mujeres embarazadas, madres con hijos en la cárcel, situación familiar acuciante ante la pandemia)”.
Un segundo grupo es de “Dimensión Jurídica. Encausados o condenados por delitos de poca gravedad o de cumplimiento de pena muy cercano o inminente y en general, todos aquellos en condiciones de acceder a los mecanismos liberatorios establecidos por la ley”.
Por último señala una “Dimensión Social. Personas que cuenten con familia, vínculos sólidos o lugar de contención social donde pueden residir, reportar y ser asistidos en caso de prisión domiciliaria, pudiendo ser éste también de organizaciones de sociedad civil o públicas que aseguren su correcta atención fuera de la reclusión”.
Refiriendo a recientes declaraciones y recomendaciones de Naciones Unidas, a través de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, como a recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la reciente resolución del Instituto Nacional de Derechos Humanos de nuestro país, el Comisionado Parlamentario sugiere a los organismos judiciales competentes a adoptar medidas alternativas a la cárcel para las personas en situación de riesgo ante la pandemia de COVID-19.
El informe concluye que las buenas prácticas y recomendaciones internacionales de “gestión penitenciaria y administración de justicia ante la crisis COVID-19, y el contexto normativo internacional y nacional de la ejecución penal, indican que es muy pertinente buscar medidas” alternativas a la prisión para los grupos de riesgo sanitario.
Por todo lo anterior el Comisionado Parlamentario Juan Miguel Petit recomienda “a todos los operadores del sistema de justicia -defensores, fiscales, jueces, jueces de ejecución-, tomar acción para, según los roles de cada uno, detectar, promover, recibir, tramitar y analizar con prontitud los casos de personas altamente vulnerables dentro del sistema penitenciario (con las características de fragilidad, jurídicas y sociales aquí señaladas), que pueden acceder a prisión domiciliaria u otras medidas alternativas para la ejecución penal”.
Asimismo se recomienda a la administración “de la ejecución penal -Instituto Nacional de Rehabilitación, Oficina de Seguimiento de la Libertad Asistida (OSLA), Ministerio del Interior- reforzar los mecanismos de seguimiento, asistencia y respuesta de las oficinas y equipos destinados al fomento, eficiencia y seguimiento de la libertad asistida, domiciliaria y similares”.