El horario de votación para la jornada del domingo 27 de octubre será entre las 8 y las 19 y 30 horas y el voto es de carácter obligatorio para todos los habilitados. Por ser una elección de carácter obligatorio, se le entregará una constancia de voto a cada elector.
En la instancia se elije al Presidente y Vicepresidente de la República, a los integrantes de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Representantes y a los integrantes de las Juntas Electorales Departamentales.
En la oportunidad habrá tres clases de hojas disponibles para los electores: una hoja de votación que contendrá las listas de candidatos a Presidente y Vicepresidente de la República, a la Cámara de Senadores, a la Cámara de Representantes y a la Junta Electoral Departamental.
Habrá otra hoja de ratificación plebiscitaria que contiene el voto por SI del proyecto de reforma del artículo 11 de la Constitución, que refiere a los allanamientos nocturnos. Esta papeleta será de color amarillo y otra hoja de ratificación plebiscitaria que contiene el voto por SI del proyecto de reforma del artículo 67 de la Constitución, que refiere a la seguridad social. Esta papeleta será de color blanco.
Para los proyectos de reforma constitucional, no habrá hojas que contengan el voto por No. La voluntad contraria a la aprobación de la reforma se expresa mediante la no colocación de la hoja de ratificación plebiscitaria en el sobre de votación.
Multas y justificaciones por la no emisión del voto
Las personas que estén habilitadas y no concurran a votar en estas elecciones podrán justificar su no concurrencia por las siguientes causas: padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física, estar ausente del país el día del acto o por razones de fuerza mayor. Las personas habilitadas que sin causas fundadas no hubieran votado deberán hacer efectivo el pago de la multa de una unidad reajustable y dos para el caso de ser funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República. El pago de las multas se podrá tramitar en la página web de la Corte Electoral. Las justificaciones podrán realizarse durante los 30 días siguientes al acto electoral, es decir desde el 9 de octubre al 29 de noviembre.
Imagen de archivo, La Semana.
Por L.S,