Cuatro sujetos fueron detenidos por la Policía en cercanías de Libertad fuertemente armados y la Justicia condenó a dos de ellos a penas de prisión efectiva y a los otros dos con régimen de libertad a prueba.
El hecho se suscitó próximo a las 3 y 30 del sábado 11 de febrero a la altura del kilómetro 50 de ruta 1, luego que el Servicio 911 fuera alertado por disparos de arma de fuego. Atento a ello se inició una persecución que resultó en la detención de un vehículo con cuatro ocupantes masculinos y la incautación de tres armas de fuego por parte de la Policía de San José.
Las armas incautadas en la oportunidad fueron dos armas tipo revolver, uno de ellos calibre 22; el otro 32 y una pistola calibre 32, en tanto se incautó también un auto chevrolet modelo Corsa de color blanco. Participaron en la persecución y detención de los delincuentes, personal de seccional Séptima y de la Brigada de Seguridad Rural.
Intervino la Fiscalía de Turno de la ciudad de Libertad; los indagados fueron puestos a su disposición y luego fueron conducidos ante la Justicia, que formalizó la investigación seguida por la Fiscalía Letrada Departamental de Libertad de 1° Turno contra los indagados, por la comisión de un delito de porte y tenencia de armas de fuego en lugares públicos en concurrencia formal con un delito de tráfico interno de armas en calidad de autores.
Se dictó sentencia por la cual se condenó a R.N.R.V., de 35 años “como autor penalmente responsable de un delito de porte y tenencia de armas de fuego y municiones en lugares públicos en concurrencia formal con un delito de tráfico interno de armas a la pena de seis meses de prisión, en régimen de libertad a prueba”.
A Fabián Gabriel Castro Rodríguez de 45 años, poseedor de antecedentes penales se lo condenó “como autor penalmente responsable de un delito de porte y tenencia de armas de fuego y municiones en lugares públicos en concurrencia formal con un delito de tráfico interno de armas a la pena de siete meses de prisión de cumplimiento efectivo”.
A Luis Alberto Román Viera de 26 años poseedor de antecedentes penales se lo condenó como “autor penalmente responsable de un delito de porte y tenencia de armas de fuego y municiones en lugares públicos en concurrencia formal con un delito de tráfico interno de armas a la pena de siete meses de prisión de cumplimiento efectivo” y a M.Á.M.S., de 21 años se lo condenó “como autor penalmente responsable de un delito de porte y tenencia de armas de fuego y municiones en lugares públicos en concurrencia formal con un delito de tráfico interno de armas a la pena de seis meses de prisión en régimen de libertad a prueba».
ULTRAJE | En otro orden, el domingo 5 de febrero, en circunstancias en que una mujer se retiraba junto a unas amigas de una sala bailable ubicada en camino Guaycurú, próximo a calle María Salem Tajes esquina Avenida José Pedro Varela, fue agredida violentamente por un hombre, luego que la víctima le recriminara, que a la salida del baile, éste ejecutare actos obscenos hacia ella. Este hecho fue asumido por la Comisaría Especializada basada en Violencia Doméstica y Género de esta Jefatura.
Diagnóstico médico de la víctima de 19 años establece que esta presentó “enrojecimiento conjuntival de ojo derecho con ligera inflamación. Ausencia de elongación de uñas de dedos índice, medio y anular mano izquierda por corte con ligero sangrado de lecho ungueal. Hematoma en muslo izquierdo que impresiona golpe con objeto mano» .
Intervino el Juez de Turno, quien dispuso proseguir con las averiguaciones y enterar a Fiscalía, siendo quien ordenó en forma urgente forense para la víctima, indagatorias y relevamientos. Se identificó al indagado, y se libró orden de detención para el mismo, siendo puesto a disposición de la Fiscalía actuante y conducido a la Sede.
Una vez culminada la audiencia en el Juzgado Letrado de San José de Mayo, se condenó al imputado: Federico Baudin Arechichú de 26 años, poseedor de antecedentes penales, “como autor penalmente responsable de un delito de ultraje público al pudor, un delito de lesiones personales dolosas agravadas y un delito de amenazas, en régimen de reiteración real a la pena de nueve meses de prisión efectiva”.
Imagen ilustrativa, tomada de la web.
Por L.S.